Financiación sin intereses: ¿oportunidad o riesgo para el consumidor?

Financiación de compras y datos

Pagos a plazo y su impacto real en la protección del cliente, usuarios

La posibilidad de acceder a bienes o servicios con pagos aplazados sin intereses se ha convertido en una práctica comercial cada vez más extendida. Para muchas personas consumidoras, esta modalidad de financiación puede resultar atractiva por el aparente “coste cero” y la comodidad de pagar en plazos sin ver incrementada la cantidad total. Sin embargo, detrás de esta oferta tan tentadora se plantean diversos interrogantes que merecen una consideración jurídica y de protección al consumidor: ¿qué ganan realmente las empresas? ¿cómo se maneja nuestra información personal? ¿existen riesgos ocultos para el comprador?

Estimo imprescindible analizar no solo el aspecto económico directo de la operación, sino también las implicaciones legales y los potenciales efectos sobre los derechos de quienes adquieren estos productos o servicios.

El supuesto “interés cero” y los costes reales

En primer lugar, conviene puntualizar que, aunque se promocione como “interés cero”, a menudo el comercio o la entidad financiera asumen ciertos gastos que no se trasladan, de manera aparente, al consumidor. Sin embargo, no debemos perder de vista que puede haber comisiones de apertura, gastos de gestión o seguros vinculados que terminen encareciendo la operación de forma indirecta. Por ello, siempre es recomendable examinar con detenimiento los términos del contrato:

TIN, TAE y comisiones: Aunque nos hablen de un TIN (Tipo de Interés Nominal) del 0%, es fundamental verificar la TAE (Tasa Anual Equivalente) y posibles gastos de formalización.

Cláusulas adicionales: Es frecuente la inclusión de seguros de vida o de protección de pagos, cuyos costes pueden repercutir finalmente en el consumidor.

Penalizaciones por impago: Incluso con un supuesto tipo de interés nulo, los intereses de demora o comisiones por retraso en los pagos pueden ser desproporcionados.

En este sentido, desde AICAR ADICAE se ha insistido en la importancia de la transparencia contractual. La asociación ha detectado, a lo largo de su trayectoria, múltiples casos en los que la letra pequeña oculta condiciones muy onerosas para el consumidor. Por ello, se solicita a las autoridades de consumo y entidades reguladoras un mayor control sobre la publicidad y la redacción de este tipo de contratos de crédito.

¿Qué gana el comercio y la financiera?

La pregunta que se formula mucha gente es: “Si no me cobran intereses, ¿dónde está su beneficio?” Existen varias respuestas posibles:

1. Aumento de las ventas: El establecimiento comercial se beneficia, principalmente, de la posibilidad de incrementar su volumen de ventas. Al presentar la financiación sin intereses como algo sencillo y atractivo, logra que más personas se animen a adquirir productos de mayor valor o que, de otro modo, no se comprarían de inmediato.

2. Comisiones internas: En algunos acuerdos, es el comercio quien asume parte de los costes financieros. Esto significa que paga a la entidad de crédito una comisión por cada venta financiada, a cambio de ofrecer al cliente un “tipo de interés cero”. Así, la financiera obtiene una retribución, pero no directamente del consumidor.

3. Datos personales y perfil crediticio: Es clave no olvidar que la compañía financiera aprovecha para recabar datos de los consumidores: historial de compras, hábitos de consumo, solvencia, etc. Estos datos, valiosos en términos comerciales y de marketing, pueden ser empleados para ofertar otros productos, estudios de mercado o incluso ser compartidos con terceros, siempre bajo las limitaciones que marque la normativa de protección de datos, especialmente el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

Por lo tanto, la ventaja para la financiera no siempre radica en cobrar intereses directos al consumidor, sino en otros mecanismos de ingreso y en la utilización con fines estratégicos de la información obtenida.

El tratamiento de nuestros datos: un aspecto crítico

En numerosas ocasiones, antes de formalizar la operación de compra aplazada, el consumidor debe facilitar un conjunto amplio de datos: documento de identidad, número de cuenta o tarjeta, dirección, teléfono, correo electrónico, información sobre ingresos, situación laboral, etc. Todo ello configura un perfil muy valioso.

A la hora de ceder nuestros datos, es fundamental revisar la política de privacidad y las condiciones en las que se autoriza su uso. En España y en la Unión Europea, la normativa de protección de datos (RGPD y la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales) exige que la información se trate con fines concretos, legítimos y explícitos, y que no sea conservada más allá del tiempo necesario. Además, la cesión de dichos datos a terceros requiere consentimiento expreso, salvo en supuestos muy específicos amparados por la ley.

Desde la perspectiva de un consumidor informado y conforme a la recomendación de AICAR ADICAE, conviene:

Leer detenidamente la cláusula de protección de datos.

• Comprobar si se exige la aceptación de finalidades adicionales (publicidad o cesión a terceros) que no sean estrictamente necesarias para la concesión del aplazamiento.

• Ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y limitación del tratamiento de datos personales cuando se desee, y solicitar información clara acerca de cómo hacerlo.

Beneficios y riesgos para el consumidor

El principal atractivo de la financiación sin intereses para el comprador es poder adquirir un producto sin desembolsar toda la cantidad de golpe, con la tranquilidad de no pagar más (al menos en teoría). Esto puede resultar muy útil para compras de importe elevado (electrodomésticos, artículos de electrónica, muebles, etc.), sobre todo si se gestiona de manera responsable y se cumplen los plazos de pago establecidos.

No obstante, los riesgos son variados y deben tenerse en cuenta:

1. Sobreendeudamiento: La facilidad para aplazar pagos puede llevar a un exceso de compras sin considerar la capacidad real de reembolso.

2. Falta de claridad en los términos: Si no se leen cuidadosamente las condiciones, podrían existir comisiones ocultas o seguros añadidos que encarezcan el coste total.

3. Penalizaciones por incumplimiento: El consumidor que no abone puntualmente las cuotas puede enfrentarse a altos intereses de demora, comisiones de impago o, en el peor de los casos, a registros de morosidad.

4. Protección de datos insuficiente: Un tratamiento irresponsable o poco transparente de la información personal puede dar lugar a publicidad intrusiva o, incluso, a usos indebidos de los datos.

Recomendaciones desde la perspectiva legal y de AICAR ADICAE

Dado que la misión de AICAR ADICAE es velar por los derechos de las personas consumidoras, sus propuestas se centran en reforzar la transparencia y la educación financiera. Entre las medidas más destacadas, se recomienda:

Comparar varias opciones de financiación antes de decantarse por la primera oferta.

Exigir información previa clara y suficiente: solicitud de copias del contrato, simulaciones de cuota y verificación de la TAE.

Evaluar la capacidad de pago y no dejarse llevar únicamente por la posibilidad de aplazar sin aparente coste.

Comprobar la ausencia de productos vinculados que encarezcan la financiación (seguros no solicitados, tarjetas de crédito con cuotas anuales, etc.).

Conservar toda la documentación relacionada con la financiación y los pagos, de cara a posibles reclamaciones futuras.

Asimismo, resulta esencial que los organismos supervisores (Banco de España, autoridades de consumo autonómicas y estatales) vigilen de forma estricta este tipo de productos financieros. Se requiere un mayor control sobre la publicidad para evitar mensajes engañosos o poco precisos. La información debe ser accesible y entendible para cualquier persona, independientemente de su formación financiera.

Conclusión

La financiación a coste cero puede suponer una gran oportunidad para adquirir bienes o servicios sin incrementar la deuda aparente. Sin embargo, conviene no subestimar los posibles costes y repercusiones jurídicas que podrían surgir. Detrás de ese “0%” subyacen intereses estratégicos para comercios y entidades financieras, que van desde el incremento de las ventas hasta la recopilación de datos personales con fines comerciales.

Por ello, la postura de AICAR ADICAE, sin dejar de reconocer las ventajas que estas modalidades ofrecen al consumidor, se centra en exigir total transparencia, respeto a la protección de datos y ausencia de cláusulas abusivas. Desde un punto de vista legal, el consumidor tiene derecho a una información completa, veraz y comprensible, y a que el contrato se celebre en condiciones equitativas. En última instancia, el uso responsable y consciente de este tipo de financiación es lo que marcará la diferencia entre un recurso útil y un riesgo para la economía familiar y la privacidad de quienes deciden optar por estas fórmulas de pago.

Álvaro Doméc

Abogado de los Servicios Jurídicos de AICAR ADICAE

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