Arbitraje de consumo en Aragón. Recursos autonómicos para resolver conflictos

Arbitraje de consumo en Aragón

Si has tenido un problema con una empresa, has hecho una reclamación extrajudicial y no se ha solucionado, en Aragón puedes recurrir al Sistema Arbitral de Consumo, un sistema para resolver tu conflicto sin necesidad de ir a juicio.

En Aragón, el Sistema Arbitral de Consumo es una herramienta extrajudicial diseñada para resolver de manera rápida, gratuita y sencilla los conflictos que puedan surgir entre consumidores o usuarios y empresarios, comerciantes o prestadores de servicios.

En nuestra Comunidad Autónoma este sistema está gestionado por la Junta Arbitral de Consumo de Aragón, dependiente del Gobierno de Aragón, y representa una alternativa efectiva a la vía judicial para la resolución de controversias en materia de consumo.

Permite a ambas partes (consumidor y empresario) solucionar sus controversias sin necesidad de acudir a los tribunales, evitando formalidades y costes asociados.

¿Cómo funciona el Arbitraje de Consumo? Para que el arbitraje pueda realizarse, tanto el consumidor como la empresa deben aceptar el método. Un tribunal imparcial (colegio arbitral) estudia el caso y dicta una resolución (llamada laudo) que tiene la misma validez que una sentencia judicial.

¡Importante! Si el conflicto se resuelve mediante arbitraje, el consumidor no puede acudir a la vía judicial.

Te contamos paso a paso todo el proceso:

  1. Intentar solucionar el problema con la empresa. Antes de presentar una solicitud de arbitraje, como consumidor debes haberte puesto en contacto con la empresa para intentar solucionar el conflicto. Si en 1 mes no se resuelve o la respuesta no es satisfactoria, puedes continuar la resolución del conflicto por la vía arbitral.
  • Presentar la solicitud: El consumidor presenta su reclamación ante la Junta Arbitral de Consumo de Aragón.

Los consumidores pueden iniciar el procedimiento de arbitraje a través de los siguientes canales:

  • Presencialmente, en la Junta Arbitral de Consumo de Aragón o en las oficinas Comarcales y Municipales de Información al consumidor.
  • Online, a través de la sede electrónica del Gobierno de Aragón.

Han de presentar una solicitud en la que tiene que incluirse la identificación completa de cada una de las partes, detallar de manera clara los hechos y fundamentarlos, adjuntar las respuestas o comunicaciones previas con la empresa y todas aquellas pruebas documentales pertinentes (facturas, contratos, publicidad, fotografías…)

Aquí puedes descargar la solicitud de arbitraje:

  • La empresa acepta o rechaza el arbitraje: 
  • Si la empresa está adherida al sistema, debe aceptar el arbitraje obligatoriamente.
  • Si no está adherida, puede rechazarlo y en este caso el arbitraje no podrá realizarse.

Consulta aquí las empresas que están adheridas al Sistema Arbitral de Consumo: https://servicios.aragon.es/sicadh/

  • Designación del tribunal: Se nombra un colegio arbitral, compuesto por tres árbitros:
  1. Un árbitro/a, que representa a los consumidores en general. AICAR ADICAE y otras asociaciones representan a los consumidores a través de sus árbitros.
  • Un árbitro/a, que representa al sector empresarial, comercial o profesional implicado.
  • Un árbitro/a, que actúa como presidente/a del Colegio Arbitral. Designado por la Junta Arbitral, entre personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Una vez que se forma el colegio arbitral, las partes serán citadas para el acto de audiencia.

El procedimiento se tramita en un corto periodo de tiempo, dictándose el laudo arbitral en un plazo máximo de cuatro meses desde la designación del Colegio Arbitral.

En determinados asuntos, si las partes no se oponen, el arbitraje podrá ser resuelto por un órgano unipersonal, un árbitro.

Es importante remarcar que los árbitros no representan a ninguna de las partes (ni consumidor ni empresario), actúan con independencia e imparcialidad.

  • Audiencia y resolución: Se analizan las pruebas y se emite un laudo vinculante.
  • Cada una de las partes podrán ser oídas en la audiencia y también se concede la oportunidad de conciliación.
  • Ninguna de las partes precisa ni abogado ni procurador, cualquiera que sea la cuantía de la reclamación.
  • El laudo arbitral tiene la misma eficacia que una sentencia judicial y es de obligado cumplimiento para ambas partes.

Una de las características más destacadas de este sistema es su gratuidad. El proceso es gratuito para las partes, salvo en casos específicos que requieran peritajes. También es importante destacar que el objeto de la reclamación puede ser de cuantía ilimitada.

A continuación, indicamos algunos casos que no pueden resolverse por arbitraje:

No pueden ser objeto de arbitraje de consumo las cuestiones sobre las que exista resolución judicial firme y definitiva, aquéllas en que las partes no tengan poder de disposición, deba intervenir el Ministerio Fiscal y en las que concurran intoxicación, lesión, muerte o existan indicios racionales de delito.

En conclusión, el Sistema Arbitral de Consumo en Aragón es una herramienta muy útil para resolver conflictos entre consumidores y empresas de forma rápida, sin costes y sin necesidad de acudir a los tribunales. ¡Aprovecha este recurso si tienes un problema de consumo!

Contacto de la Junta Arbitral de Consumo de Aragón:

  • Dirección: Avenida Ranillas Edificio 5D, planta baja, 50018 Zaragoza
  • Teléfono: 976 715 610
  • Correo electrónico: juntaarbitraldeconsumo@aragon.es

Si tienes dudas puedes consultar con la asociación de consumidores AICAR ADICAE:

Mónica Antón Antona

Socia y miembro del Consejo de AICAR ADICAE

Scroll al inicio