En España la subrogación hipotecaria es una opción muy común en el ámbito de las hipotecas que puede darse desde dos posiciones como consumidores: como deudor o como fiador ( avalista ) es importante conocer las diferencias entre estas dos posiciones dentro de las subrogaciones en hipotecas.
A tener en cuenta en una Subrogación como Deudor:
En la subrogación como deudor, usted asume la responsabilidad directa del préstamo hipotecario. Esto significa que se convierte en el nuevo titular de la hipoteca y está obligado a cumplir con todos los términos y condiciones del préstamo, incluidos los pagos mensuales y cualquier otro compromiso financiero asociado que conlleve dicha subrogación.
La subrogación de la hipoteca puede implicar un tipo de gastos que pueden varias en función de la entidad financiera que actúa como prestamista, algunos de los más comunes son los siguientes: Gastos de gestión y Estudio del préstamo, tasación del inmueble objeto de la hipoteca, gastos de notaria y registro, comisiones por cancelación de hipoteca antiguo y apertura de hipoteca nueva, etc…, pero os recordamos que los gastos que nos va a suponer la subrogación nos los tiene que comunicar la nueva entidad financiera que actúa como prestamista antes de formalizar la operación.
En la subrogación de la hipoteca como en cualquier operación hipotecaria el deudor, asume el riesgo financiero principal asociado con la hipoteca. Si no cumple con los pagos o incurre en incumplimiento, puede enfrentar consecuencias financieras adversas, como la ejecución hipotecaria y la pérdida de la propiedad.
Sin embargo, en este tipo de operación o en cualquier operación hipotecaria puede aparecer en la operación otra posición, el fiador (avalista) :
Podríamos decir que tiene una responsabilidad secundaria en la subrogación como fiador, no asume la responsabilidad directa del préstamo hipotecario, sin embargo actúa como garantía de pago ( con sus bienes presentes y futuros) en caso de que el Deudor principal no haga frente a los pagos de las cuotas del préstamo hipotecario.
Como fiador, no tienes derechos de propiedad sobre el inmueble hipotecado, tu papel se limita a garantizar el pago del préstamo.
Como fiador, tienes un menor riesgo financiero si nos comparamos con el deudor, aunque siempre estará la posibilidad de incurrir en gastos si el deudor no hace frente a los pagos de las cuotas del préstamo ( mientras dure ese contrato financiero).
Como conclusión, la subrogación como deudor y como fiador en una hipoteca presenta diferencias significativas en cuanto a responsabilidades financieras, derechos de propiedad y riesgos asociados, por lo que antes de tomar la decisión de avalar un préstamo hipotecario debemos tener en cuenta que también es un riesgo para nosotros que puede alterar nuestra estabilidad financiera.
Te recomendamos consultes con una Asociación de consumidores como Aicar- Adicae, con un amplio recorrido en esta temática antes de embarcarte en ese barco.
Marta Chabuel Moreno-Miembro del consejo de AICAR